La solicitud de presentación estará disponible en la sede electrónica en el plazo establecido en la convocatoria
a) Para el caso de personas solicitantes españolas (o residentes en España):
- Las personas físicas
- Preferentemente por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
- En el registro de la sede de Barcelona (Av. Diagonal , 373 Barcelona).
- En cualquiera de los registros y oficinas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas físicas empresarias y las personas jurídicas tienen que presentar la solicitud y realitzar los otros trámites asociados al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones solamente por via telemàtica utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull i el sistema de firma correspondiente.
b) Para el caso de personas solicitantes extranjeras (personas físicas, personas físicas empresarias y persones jurídicas no residentes) que soliciten por primera vez una subvención a l’Institut Ramon Llull es necesaria una acreditación. Si no se dispone de acreditación, es necesario realizar una petición de acreditación.
L’Institut Ramon Llull se encarga de generar esta acreditación y de hacerla llegar de forma segura a los ciudadanos extranjeros después de haber verificado la documentación que acredita su identidad. La acreditación tiene una validez de cinco años a contar a partir de la fecha de presentación de la documentación que acredita la identidad de la persona interesada, excepto si se produjera algún cambio. Una vez recibida la acreditación se podrá tramitar la solicitud de subvención.
En caso que fuese necesario, se debe tener en cuenta el plazo necesario para efectuar la acreditación.