Institut Ramon LLull

Subvenciones en especie y de concurrencia no competitiva para llevar a cabo residencias internacionales en los centros con los que el Institut Ramon Llull tiene un acuerdo de colaboración

Resumen de las bases de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones del DOGC de 27 de enero de 2025.

Este resumen tiene un carácter meramente informativo, y no se puede derivar ningún efecto jurídico vinculante para el Institut Ramon Llull. Es necesario que el solicitante consulte las bases y la resolución de la convocatoria.

Bases

Documento en formato PDF. Para ver este archivo pueden descargar el programa Adobe Acrobat.

 

OBJETO

Concesión de subvenciones en especie destinadas a creadores/as del ámbito artístico cultural catalán que hayan sido seleccionados para participar en una residencia internacional con la que el Institut Ramon Llull tiene un acuerdo de colaboración.

Las residencias internacionales son las encargadas de hacer el llamamiento y la selección de los residentes. Éstas se harán mediante una convocatoria abierta.

Las residencias internacionales organizadas por los centros con los que el Institut Ramon Llull tenga un acuerdo de colaboración constarán en la convocatoria.

Las actividades subvencionadas deben desarrollarse durante el periodo previsto en la convocatoria.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Pueden optar a estas subvenciones las personas físicas, creadores/as que formen parte del ámbito artístico cultural catalán, que hayan sido seleccionadas para participar en una residencia internacional organizada por un centro con el que el Institut Ramon Llull tenga un acuerdo de colaboración.

Las personas beneficiarias deben cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Solicitudes

Las solicitudes deben ir acompañadas de los siguientes documentos:

  • Documento acreditativo de haber sido seleccionado por el centro organizador para llevar a cabo la residencia internacional para la que se solicita la subvención.
  • Plan de trabajo durante la residencia.

Gastos subvencionables

Son subvencionables únicamente los gastos derivados de la contratación de los servicios que presta el centro organizador a la persona beneficiaria en el marco de la residencia internacional y que incluye los conceptos siguientes:

  • El alojamiento en la residencia internacional.
  • La manutención durante los días de la residencia.
  • El coste de organización de la residencia internacional, entendido como aquel que corresponde a todas las actividades programadas específicamente para el residente, y que contempla actividades como networkings, visitas, encuentros o lecturas públicas.

Presentación de las solicitudes

La solicitud de presentación estará disponible en la sede electrónica del Institut Ramon Llull en el plazo establecido en la convocatoria.

a) Las personas físicas solicitantes españolas (o residentes en España) deben presentar la solicitud y realizar los otros trámites asociados al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones sólo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull y el sistema de firma correspondiente.

b) Las personas solicitantes extranjeras (personas físicas no residentes) tendrán que autenticarse a través del sistema de identificación en la sede electrónica con usuario y contraseña de acuerdo con el documento de política de identificación y firma electrónica del Institut Ramon Llull, a través de certificado idCAT Mòbil o, en el caso de personas residentes en la Unión Europea, también a través de certificado digital. 

A través de la petición de acreditación, el Institut Ramon Llull se encarga de hacer llegar de forma segura el usuario y la contraseña a las personas interesadas después de haber verificado la documentación que acredite su identidad. Una vez recibida la acreditación se podrá tramitar la solicitud de subvención.

El trámite de petición de acreditación puede tardar 72 horas, lo que debe tenerse en cuenta para presentar la solicitud en plazo.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Próximamente se publicará el período de solicitud.

RESOLUCIÓN Y RECURSOS

La persona titular de la Dirección del Instituto Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria.

Transcurrido el plazo máximo previsto sin que se haya dictado y notificado la resolución final del procedimiento, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

La resolución no agota la vía administrativa. Se puede interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

    Formularios

    Las solicitudes deben presentarse en la sede electrónica.

     

      CONSULTA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

      Los expedientes se pueden consultar telemáticamente en nuestra sede electrónica.
      La documentación adicional, si procede, y la justificativa se puede aportar mediante medios electrónicos en nuestra sede electrónica.

       

      CONTACTOS

      Para resolver dudas sobre las solicitudes diríjase a:

      Laura Cánovas: lcanovas@llull.cat

        Logo Institut Ramon Llull