Institut Ramon LLull

Subvenciones para proyectos de residencias internacionales en el ámbito de las artes visuales, las artes escénicas, el cine, la música, el diseño y la arquitectura

Resumen de las bases de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones del DOGC de 27 de enero de 2025.

Este resumen tiene un carácter meramente informativo, y no se puede derivar ningún efecto jurídico vinculante para el Institut Ramon Llull. Es necesario que el solicitante consulte las bases y la resolución de la convocatoria.

Bases

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CONVOCATORIA

 

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OBJETO

Concesión de subvenciones para la realización de proyectos de residencias internacionales desarrollados en equipamientos, festivales, centros de creación u otras entidades que se lleven a cabo fuera del Estado español en el ámbito de las artes visuales, las artes escénicas, el cine, la música, el diseño y la arquitectura que contribuyan a la proyección y difusión exterior de la lengua y la cultura catalanas.

No se consideran proyectos de residencia internacional aquellos que únicamente consisten en alquileres o cesión de espacios ni aquellos cuya duración es inferior a cinco días.

Las actividades subvencionadas deben desarrollarse durante el periodo previsto en la convocatoria.

Período de actividad: del 1 de enero al 15 de noviembre de 2025.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas que sean titulares o gestionen los equipamientos, festivales, centros de creación u otras entidades que formen parte del ámbito artístico cultural catalán, así como aquellas que sean titulares o gestionen los equipamientos, festivales, centros de creación u otras entidades internacionales que acojan proyectos que contribuyan a la proyección y la difusión exterior de la lengua y la cultura catalanas.

Las personas beneficiarias deben cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Solicitudes

Los solicitantes pueden presentar hasta un máximo de cinco solicitudes por convocatoria, a razón de una solicitud por cada proyecto de residencia internacional.

El importe mínimo de la solicitud es de 2.000,00 euros. El importe máximo de la solicitud es de 15.000,00 euros.

La cuantía destinada a cada subvención podrá ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables. La cantidad máxima otorgada por solicitud será de 15.000,00 euros. La cantidad máxima otorgada anual será de 30.000,00 euros por persona solicitante.

Gastos subvencionables

Se consideran subvencionables:

  • Los gastos de honorarios de las personas residentes.
  • Los gastos del alojamiento de las personas residentes para realizar la actividad, siempre que el alojamiento no sea un gasto propio de la organización que acoge la residencia.
  • Los gastos de honorarios por las mentorías a las personas residentes. El mentor debe ser personal externo a la organización que acoge la residencia.
  • Los gastos de desplazamiento de las personas residentes.
  • Los gastos del transporte de los materiales necesarios para realizar la actividad.
  • Los gastos de contratación de los servicios de auditoría para elaborar la cuenta justificativa de la subvención.

Presentación de las solicitudes

La solicitud de presentación estará disponible en la sede electrónica del Institut Ramon Llull en el plazo establecido en la convocatoria.

a) Las personas jurídicas solicitantes españolas (o residentes en España) deben presentar la solicitud y realizar los otros trámites asociados al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones sólo por vía telemática utilizando la  sede electrónica del Institut Ramon Llull y el sistema de firma correspondiente.

b) Las personas solicitantes extranjeras (personas jurídicas no residentes) tendrán que autenticarse a través del sistema de identificación en la sede electrónica con usuario y contraseña de acuerdo con el documento de política de identificación y firma electrónica del Institut Ramon Llull o, en el caso de personas residentes en la Unión Europea, también a través de certificado digital. 

A través de la petición de acreditación, el Institut Ramon Llull se encarga de hacer llegar de forma segura el usuario y la contraseña a las personas interesadas después de haber verificado la documentación que acredite su identidad. Una vez recibida la acreditación se podrá tramitar la solicitud de subvención.

El trámite de petición de acreditación puede tardar 72 horas, lo que debe tenerse en cuenta para presentar la solicitud en plazo.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Del 17 de febrero al 5 de marzo de 2025

RESOLUCIÓN Y RECURSOS

La persona titular de la Dirección del Instituto Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria.

Transcurrido el plazo máximo previsto sin que se haya dictado y notificado la resolución final del procedimiento, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

La resolución no agota la vía administrativa. Se puede interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

    Formularios

    CONSULTA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

    Los expedientes se pueden consultar telemáticamente en nuestra sede electrónica.
    La documentación adicional, si procede, y la justificativa se puede aportar mediante medios electrónicos en nuestra sede electrónica.

     

    CONTACTOS

    Para resolver dudas sobre las solicitudes diríjase a:

    Laura Cánovas: lcanovas@llull.cat

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