Institut Ramon LLull

Subvenciones para programas de residencias internacionales en el ámbito de las artes visuales, escénicas, el cine, la música, el diseño y la arquitectura

Resumen de las bases de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones publicada en el DOGC el 3 de julio de 2023.

Este resumen tiene un carácter meramente informativo, y no se puede derivar ningún efecto jurídico vinculante para el Institut Ramon Llull. Es necesario que el solicitante consulte las bases y la resolución de la convocatoria.

Bases

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CONVOCATORIA

 

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OBJETO

Los programas de residencias internacionales que contribuyan a la proyección y difusión exterior de la lengua y la cultura catalanas y que tengan lugar fuera del estado español impulsados tanto por equipamientos, festivales, centros de creación y otras entidades que formen parte del tejido artístico cultural catalán como aquellos impulsados por equipamientos, festivales, centros de creación y otras entidades internacionales.

Los equipamientos, festivales, centros de creación y otras entidades solicitantes deben cumplir el siguiente requisito:

  • La realización de, al menos, tres años consecutivos de actividad en su ámbito de actuación.

No serán objeto de estas bases los programas de residencia que únicamente consistan en alquileres o cesión de espacios.

El periodo de realización de las actividades es el comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 15 de Noviembre de 2023.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Solicitudes

Los solicitantes pueden presentar hasta un máximo de cinco solicitudes por convocatoria, a razón de una solicitud por cada residencia internacional.

El importe mínimo de la solicitud ha de ser de 2.000,00 euros. El importe máximo de la solicitud será de 25.000,00 euros.

La cuantía destinada a cada subvención podrá ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables. La cantidad máxima otorgada por solicitud será de 20.000,00 euros. La cantidad máxima otorgada anual será de 40.000,00 euros por persona solicitante.

Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables:

  • Los gastos derivados de los honorarios de las personas residentes.
  • Los gastos derivados del alojamiento de las personas residentes para realizar la actividad.
  • Los gastos derivados de los honorarios de mentores internacionales por las mentorías a las personas residentes durante la residencia internacional.
  • Los gastos derivados del desplazamiento internacional de las personas residentes para realizar la actividad.
  •  Los gastos derivados de la comunicación y difusión de la actividad.
  • Los gastos derivados del transporte de la carga/materiales.
  • Los gastos derivados de las pruebas diagnósticas de la COVID-19 efectuadas previamente al desplazamiento, en caso de que sean exigidas por las autoridades competentes de los países de destino, equipamientos, festivales, etc, si procede

Presentación de las solicitudes

La solicitud de presentación estará disponible en la sede electrónica del Institut Ramon Llull en el plazo establecido en la convocatoria.

a) Las personas jurídicas solicitantes españolas (o residentes en España) deben presentar la solicitud y realizar los otros trámites asociados al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones sólo por vía telemática utilizando la  sede electrónica del Institut Ramon Llull y el sistema de firma correspondiente.

b) Las personas solicitantes extranjeras (personas jurídicas no residentes) que soliciten por primera vez una subvención al Institut Ramon Llull, tendrán que disponer de acreditación. Si no disponen de acreditación, deberá realizar su petición de acreditación.

El Institut Ramon Llull se encarga de hacer llegar de forma segura al usuario y la contraseña a las personas interesadas después de haber verificado la documentación que acredite su identidad. Una vez recibida la acreditación se podrá tramitar la solicitud de subvención.

El trámite de petición de acreditación puede tardar 72 horas, lo que debe tenerse en cuenta para presentar la solicitud en plazo.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes se fija en la convocatoria.

Del 28 de agosto al 7 de septiembre de 2023.

Se podrán realizar consultas durante todo el período de presentación de solicitudes hasta el último día a las 14:00 horas.

 

Formularios

Las solicitudes deben presentarse en la sede electrónica.

 

CONSULTA Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

Los expedientes se pueden consultar telemáticamente en nuestra sede electrónica.
La documentación adicional, si procede, y la justificativa se puede aportar mediante medios electrónicos en nuestra sede electrónica.

 

CONTACTOS

Para resolver dudas sobre las solicitudes diríjase a:

Esther Criado: ecriado@llull.cat (artes escénicas)

Anna Fuster : afuster@llull.cat (música y cine)

Olga Díaz: odiaz@llull.cat (artes visuales)

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  • Un consorcio de:

  • Generalitat de Catalunya Govern Illes Balears Ajuntament de Barcelona

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