Resumen de las bases para la concesión de subvenciones publicada en el DOGC el 13 de enero de 2023.
Subvenciones para la movilidad para llevar a cabo actividades en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura
Resumen de las bases para la concesión de subvenciones publicada en el DOGC el 13 de enero de 2023.
Este texto de resumen tiene un carácter meramente informativo, sin que pueda derivarse ningún efecto jurídico vinculante para el Institut Ramon Llull. El solicitante debe consultar las bases y la resolución de la convocatoria.
Bases
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Convocatoria
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OBJETO
Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades que se realicen entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2023 fuera de Cataluña en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura, que contribuyan a la difusión en el exterior de la creación catalana, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
No son objeto de la presente convocatoria los desplazamientos que tengan por objeto:
Personas beneficiarias
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas, personas físicas empresarias o personas jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Solicitudes
Se puede solicitar un máximo anual de 15.000,00 euros por autor/a durante el año de la convocatoria.
El importe mínimo subvencionable es de 300,00 euros.
El importe máximo subvencionable es de 15.000,00 euros
GASTOS SUBVENCIONABLES
Se consideran gastos subvencionables única y exclusivamente los correspondientes al transporte de la carga y su seguro, embalajes, producción de cajas de transporte de obra así como al alojamiento (máximo tres noches, cuatro si se trata de un desplazamiento intercontinental) y al desplazamiento del autor para asistir a la actividad.
El autor podrá ir acompañado de otra persona con una función artística o técnica necesaria para el desarrollo de la actividad.
También se considerarán gastos subvencionables:
Presentación de las solicitudes
La solicitud de presentación estará disponible en la sede electrónica del Institut Ramon Llull en el plazo establecido en la convocatoria.
a) Para el caso de personas solicitantes españolas:
- Las personas jurídicas y personas físicas empresarias tienen que presentar la solicitud solo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull y el sistema de firma correspondiente.
- Las personas físicas
b) Para el caso de personas solicitantes extranjeras (personas físicas empresarias y persones jurídicas no residentes) que soliciten por primera vez una subvención a l’Institut Ramon Llull es necesaria una acreditación. Si no se dispone de acreditación, es necesario realizar una petición de acreditación.
L’Institut Ramon Llull se encarga de generar esta acreditación y de hacerla llegar de forma segura a los ciudadanos extranjeros después de haber verificado la documentación que acredita su identidad. La acreditación tiene una validez de cinco años a contar a partir de la fecha de presentación de la documentación que acredita la identidad de la persona interesada, excepto si se produjera algún cambio. Una vez recibida la acreditación se podrá tramitar la solicitud de subvención.
En caso que fuese necesario, se debe tener en cuenta el plazo necesario para efectuar la acreditación.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Primera convocatoria (actividades del 1/1 al 30/6/2023): del 1 al 15 de marzo de 2023
Segunda convocatoria (actividades del 1/7 al 31/12/2023): del 12 al 27 de septiembre de 2023.
Se podrán realizar consultas durante todo el período de presentación de solicitudes hasta el último día a las 14:00 horas.
Formularios
Consulta y presentación de documentos
Los expedientes se pueden consultar telemáticamente en nuestra sede electrónica.
La documentación adicional, si procede, y la justificativa se puede aportar mediante medios electrónicos en nuestra sede electrónica.
Contacto
Ante cualquier duda pueden contactar con: Eva Solans (esolans@llull.cat).