Resumen de las bases para la concesión de subvenciones publicada en el DOGC el 27 de enero de 2025
Subvenciones para la movilidad para llevar a cabo actividades en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura
Resumen de las bases para la concesión de subvenciones publicada en el DOGC el 27 de enero de 2025
Este texto de resumen tiene un carácter meramente informativo, sin que pueda derivarse ningún efecto jurídico vinculante para el Institut Ramon Llull. El solicitante debe consultar las bases y la resolución de la convocatoria.
Bases
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Convocatoria
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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes se fija en la convocatoria.
Primera convocatoria (actividades del 1 de enero al 30 de junio de 2025):
Segunda convocatoria (actividades del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025)
Se podrán realizar consultas durante todo el período de presentación de solicitudes hasta el último día a las 14:00 horas.
OBJETO Y REQUISITOS
Subvenciones a la movilidad para llevar a cabo actividades que se realicen fuera de Cataluña en el ámbito de las artes visuales, el diseño y la arquitectura, que contribuyan a la difusión en el exterior de la creación catalana, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
No son objeto de la presente convocatoria los desplazamientos que tengan por objeto:
GASTOS SUBVENCIONABLES
Personas beneficiarias
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas, personas físicas empresarias o personas jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Solicitudes
Se puede solicitar un máximo anual de 15.000,00 euros por autor/a durante el año de la convocatoria.
El importe mínimo subvencionable es de 300,00 euros.
El importe máximo subvencionable es de 15.000,00 euros
Presentación de las solicitudes
La solicitud de presentación estará disponible en la sede electrónica del Institut Ramon Llull en el plazo establecido en la convocatoria.
a) Para el caso de personas solicitantes españolas:
b) Para el caso de personas solicitantes extranjeras (personas físicas empresarias y personas jurídicas no residentes) que soliciten por primera vez una subvención en el Instituto Ramon Llull tendrán que iniciar el trámite a través de cualquier de estas vías:
El Instituto Ramon Llull se encarga de generar la acreditación y hacerla llegar de una manera segura a los ciudadanos extranjeros no residentes después de haber verificado la documentación que acredite su identidad. La acreditación tiene una validez de cinco años a contar a partir de la fecha de presentación de la documentación que acredita la identidad de la persona interesada, a no ser que haya habido algún cambio. Una vez recibida la acreditación se podrá tramitar la solicitud de subvención.
En caso que fuese necesario, se debe tener en cuenta el plazo necesario para efectuar la acreditación.
JUSTIFICACIÓN
Las personas beneficiarias deben presentar en el Institut Ramon Llull, como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, que debe contener:
Para más información, consultad el punto 16 de les bases.
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
La persona titular de la Dirección del Instituto Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria.
Transcurrido el plazo máximo previsto sin que se haya dictado y notificado la resolución final del procedimiento, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
La resolución no agota la vía administrativa. Se puede interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde la publicación.
Formularios
Consulta y presentación de documentos
Los expedientes se pueden consultar telemáticamente en nuestra sede electrónica.
La documentación adicional, si procede, y la justificativa se puede aportar mediante medios electrónicos en nuestra sede electrónica.
Contacto
Para resolver dudas sobre las solicitudes contacten con: Eva Solans (esolans@llull.cat).
Para resolver incidencias relacionadas con la Sede electrónica rellenen el siguiente forumulario: Seu electrònica - Contacte
El horario telefónico de consultas es de 10 h a 14 h de lunes a viernes.