Institut Ramon LLull

Subvenciones para la programación internacional de la creación artística catalana en el ámbito de la música y las artes escénicas

Resumen de les bases de la convocatoria pública per a la concesión de subvenciones publicada en el DOGC el 27 de enero de 2025.

Este texto de resumen tiene un carácter meramente informativo, sin que pueda derivarse ningún efecto jurídico vinculante para el Institut Ramon Llull. El solicitante debe consultar las bases y la resolución de la convocatoria.

Bases

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Convocatoria

 

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PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

 

Del 24 de febrero al 17 de marzo de 2025.

Se podrán realizar consultas durante todo el período de presentación de solicitudes hasta el último día a las 14:00 h.

OBJETO Y REQUISITOS

La programación internacional de artistas en espacios de exhibición fuera del Estado español en el ámbito de las artes escénicas y la música, así como la composición e interpretación de repertorio catalán en los ámbitos de la música clásica y contemporánea que contribuyan a la proyección y la difusión exterior de la creación artística catalana en el circuito profesional.

Se entiende por espacio de exhibición internacional en el marco de estas bases los festivales, equipamientos y/o circuitos de exhibición.

Las actividades subvencionadas deben cumplir los requisitos siguientes:

  • El espacio de exhibición internacional debe tener una trayectoria mínima de tres años de programación a contar desde el año anterior al de la convocatoria.
  • El espacio de exhibición internacional debe programar un mínimo de tres formaciones artísticas (del ámbito de la música y/o de las artes escénicas). En el caso de la interpretación de la composición de repertorio catalán encargado por el espacio de exhibición, éste debe programar un mínimo de una actuación.
  • La persona solicitante deberá hacerse cargo de los honorarios de la compañía de artes escénicas y/o formación musical y/o compositor. Asimismo, también deberá hacerse cargo de aquellos gastos que no sean objeto de la solicitud y sean necesarios para la realización de las actuaciones (alojamiento, transporte de carga y desplazamiento, si procede).

No son objeto de estas bases:

  • La realización de actividades que no estén incluidas en un circuito profesional.
  • La programación en ferias y mercados para hacer showcases.
  • La realización de talleres y residencias de creación.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Honorarios de la compañía de artes escénicas y/o formación musical, honorarios del compositor, en el caso de la música clásica y contemporánea, y honorarios de la formación musical correspondientes a la interpretación de la obra del compositor.
  • Desplazamientos de la compañía y/o formación musical y/o del compositor.

Se consideran gastos subvencionables aquellas que no hayan sido asumidos por un tercero.

Personas beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas públicas o privadas con sede social fuera del Estado español que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

Solicitudes

Se puede presentar una única solicitud por convocatoria

El importe mínimo subvencionable es de 2.000 euros.

El importe máximo subvencionable es de 35.000 euros.

La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 80% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 28.000 euros por año y solicitud.

Presentación de las solicitudes

La solicitud de presentación estará disponible en la sede electrónica del Institut Ramon Llull en el plazo establecido en la convocatoria.

En el caso de solicitantes extranjeras (personas jurídicas no residentes) que soliciten por primera vez una subvención a l’Institut Ramon Llull, deberán iniciar el trámite siguiendo cualquiera de los siguientes pasos:

  • Presentación por vía telemática con certificado digital: Solo para residentes en la UE. Podéis consultar el listado de certificados aceptados. Recomendado.
  • Presentación por vía telemática con acreditación (usuario/contraseña): Petición de acreditación (facilitada en un plazo máximo de 72 horas).

L’Institut Ramon Llull se encarga de generar esta acreditación y de hacerla llegar de forma segura a los ciudadanos extranjeros después de haber verificado la documentación que acredita su identidad. La acreditación tiene una validez de cinco años a contar a partir de la fecha de presentación de la documentación que acredita la identidad de la persona interesada, excepto si se produjera algún cambio. Una vez recibida la acreditación se podrá tramitar la solicitud de subvención.

En caso que fuese necesario, se debe tener en cuenta el plazo necesario para efectuar la acreditación.

Las personas jurídicas extranjeras tienen que presentar la solicitud solo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull y el sistema de firma correspondiente.

JUSTIFICACIÓN

  • Una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad del proyecto subvencionado.
  • Una memoria económica y justificativa de la totalidad del coste de los gastos objeto de la subvención de acuerdo con el modelo.
  • Justificación de haber aplicado el logotipo del Institut Ramon Llull en los materiales de comunicación.

Para más información, consultad el punto 16 de las bases.

    RESOLUCIÓN Y RECURSOS

    La persona titular de la Dirección del Instituto Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria.

    Transcurrido el plazo máximo previsto sin que se haya dictado y notificado la resolución final del procedimiento, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

    La resolución no agota la vía administrativa. Se puede interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

      Formularios

       

      Consulta y presentación de documentos

      Los expedientes se pueden consultar telemáticamente en nuestra sede electrónica

      La documentación adicional, si procede, y la justificativa se puede aportar mediante medios electrónicos en nuestra sede electrónica

       

      Contacto

      El horario telefónico de consultas es de 10:00 a 14:00 de lunes a viernes.

      Para resolver dudas sobre las solicitudes, dirigíos a:

      Artes escénicas: Marissa Paituví (mpaituvi@llull.cat)

      Música: Anna Fuster (afuster@llull.cat)

      Para resolver incidencias relacionadas con la Sede electrónica, rellenad el siguiente formulario: Sede electrónica - Contacto.

       
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