Para poder tramitar el pago de la subvención otorgada, es necesario justificar un mínimo del 50% de la cantidad subvencionable, siguiendo el procedimiento mencionado en las bases. En caso contrario, la subvención se revocará.
Se establece un porcentaje máximo de desviación presupuestaria del 20% entre el coste inicialmente presupuestado y el coste final justificado de la actividad subvencionada que no supondrá reducción de la cuantía de la subvención.
Las personas beneficiarias deben presentar en el plazo de un mes a partir de la finalización de la actividad subvencionada, una cuenta justificativa según las instrucciones detalladas en las bases y con aportación de los justificantes de gasto.
La fecha límite para presentar la documentación justificativa es el 15 de diciembre del año de la convocatoria.