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Subvenciones para desplazamiento de artistas fuera del dominio lingüístico 2012

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL INSTITUT RAMON LLULL A ARTISTAS CATALANES Y BALEARES PARA DESPLAZAMIENTOS AL EXTERIOR

Con arreglo a lo dispuesto en los Estatutos del Institut Ramon Llull, en relación con las competencias del Institut relativas a la proyección exterior de la creación cultural de Cataluña y de las Islas Baleares, en todas sus modalidades, géneros y expresiones, mediante el apoyo a la circulación en el exterior de artistas y obras y la difusión del conocimiento del patrimonio artístico catalán y balear.

Con arreglo al acuerdo del Consejo de Dirección con fecha 17 de octubre de 2011, por el que se aprueban las bases que deben regir la concesión de subvenciones a grupos, intérpretes y artistas catalanes para desplazamientos al exterior para el año 2011.

Haciendo uso de las competencias que me atribuye el artículo 13.2.f de los Estatutos del Institut Ramon Llull,

RESUELVO

Primero.- Convocar concurso público para la concesión de subvenciones del Institut Ramon Llull a artistas catalanes y baleares para desplazamientos al exterior durante el año 2012.

Segundo.- Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se rigen por las bases aprobadas por Acuerdo del Consejo de Dirección con fecha 17 de octubre de 2011, que se adjuntan en anexo, y por la normativa general de subvenciones.

Tercero.- El importe máximo de las subvenciones previstas por la presente resolución será de cuatrocientos noventa mil euros (490.000€).

Cuarto.- Nombrar la siguiente comisión evaluadora, a fin de llevar a cabo las tareas de revisión y propuesta de subvención:

Presidente: el director del Área de Creación del Institut Ramon Llull
Vocales: cuatro representantes del Área de Creación del Institut Ramon Llull y un técnico de la sede de Palma
Secretaría: un representante de Gerencia

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya o en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, conforme a lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

Asimismo, podrán interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante el director del Institut Ramon Llull, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya o en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, conforme a lo previsto en los artículos 115 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cualquier otro que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 12 de diciembre de 2011

El director

 

Vicenç Villatoro i Lamolla


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